1. Naturaleza del Servicio: Contrato de Mandato sin Representación
El presente acuerdo se celebra bajo la figura del Contrato de Mandato sin Representación (arts. 1265 y ss. del Código de Comercio Colombiano), en los siguientes términos:
- ▸El Organizador es el MANDANTE: es el dueño del evento, del producto vendido (tickets), del riesgo del evento, y el titular económico de los dineros recaudados. Es el único responsable ante el comprador, la DIAN y cualquier autoridad.
- ▸La Plataforma (QuéParche / Vertrex S.C.) es el MANDATARIO: actúa en nombre propio pero por cuenta del Organizador. Cobra los tickets a través de su cuenta Wompi (Bancolombia) y al final del período rinde cuentas mediante un Reporte de Liquidación por Mandato, transfiriendo al Organizador el neto que le corresponde.
- ▸Ingreso real de la Plataforma: únicamente la comisión del 6% sobre el valor de cada ticket vendido, más el IVA que grave dicha comisión. Los dineros recaudados por venta de tickets NO son ingreso propio de la Plataforma y no se declaran como tal ante la DIAN.
La Plataforma no es promotora, ni productora, ni dueña de los eventos publicados. Su función es proveer infraestructura tecnológica (SaaS) de boletería y actuar como mandataria para el recaudo de los tickets del Organizador.
⚠️ Advertencia fiscal: si la DIAN considera que los dineros recaudados son ingreso propio de la Plataforma (por ejemplo, porque no se descuentan las retenciones y costos al Organizador, o porque se declara el total recaudado como ingreso), la Plataforma terminaría pagando impuesto de renta sobre ingresos que en realidad son del Organizador. Este modelo de Mandato evita ese riesgo y le traslada al Organizador la responsabilidad tributaria que le corresponde.
2. Modelo de Pagos y Cadencia
El flujo de dinero funciona así:
- 1.Venta del ticket: el comprador paga a través de Wompi. El 100% del dinero ingresa a la cuenta Wompi de la Plataforma (a nombre de Vertrex S.C.), no a una cuenta individual del Organizador.
- 2.Wompi aplica retenciones de ley: Wompi, en su calidad de agente retenedor, descuenta automáticamente del recaudo las retenciones tributarias aplicables (ReteFuente, ReteIVA, ReteICA) y emite los certificados de retención a nombre de la Plataforma.
- 3.Liquidación por mandato: al cierre del período, la Plataforma calcula la parte neta del Organizador: 94% del valor bruto de cada ticket menos los costos operativos del procesador y las retenciones trasladables (ver sección 3).
- 4.Solicitud de pago: el Organizador solicita su pago a través del dashboard cuando lo desee. Máximo 2 cobros por mes calendario por organizador. La Plataforma procesa el pago en un plazo de 1 a 3 días hábiles.
- 5.Entrega del Reporte de Liquidación por Mandato: junto con cada transferencia, la Plataforma entrega al Organizador un reporte detallado (ver sección 4) con el desglose completo y los certificados de retención de Wompi que le correspondan.
El Organizador no necesita configurar ni tener cuenta en Wompi; únicamente debe contar con una cuenta válida para recibir transferencias en Colombia.
La Plataforma podrá retener pagos pendientes cuando existan disputas activas, contracargos, reembolsos en proceso o sospecha de fraude, hasta que la situación se resuelva.
3. Costos y Retenciones que se Descontaban al Organizador
El Organizador entiende y acepta que, de la parte que le corresponde (94% del valor bruto de cada ticket), se descuentan los siguientes rubros antes de transferirle el dinero:
- 01.Costo por retiro (Payout): tarifa fija que cobra Wompi por cada transferencia de la Plataforma hacia la cuenta del Organizador. Aproximadamente $3.000 a $5.000 COP por movimiento (el primer retiro del mes puede ser gratis según el plan).
- 02.Retenciones tributarias aplicadas por Wompi (trasladables): durante la fase piloto (ver sección 11) la cuenta de Wompi está a nombre de un socio persona natural de Vertrex S.C. Wompi, en su calidad de agente retenedor, aplica retenciones según el régimen tributario del titular de la cuenta, que se trasladan proporcionalmente al Organizador: (a) ReteFuente sobre el valor del servicio de boletería (siempre se aplica); (b) ReteIVA del 15% sobre el IVA cobrado solo si el titular de la cuenta de Wompi es responsable de IVA (régimen ordinario). Si el titular es régimen simplificado (no responsable de IVA), Wompi NO aplica ReteIVA; (c) ReteICA según la tarifa de la ciudad del Organizador (en Neiva depende de la actividad económica registrada, usualmente entre 5x1000 y 10x1000 para servicios). Las alícuotas exactas dependen de la configuración tributaria de la cuenta de Wompi y de la normatividad vigente. Los certificados de retención que Wompi emita a nombre del titular de la cuenta se trasladan al Organizador junto con cada Reporte de Liquidación por Mandato.
- 03.4x1000 (GMF) en la transferencia al Organizador: el Gravamen a los Movimientos Financieros puede aplicarse cuando la Plataforma transfiere al Organizador, si la cuenta del Organizador no está exenta. Exención: (i) cuenta marcada como exenta de GMF en el banco (los primeros 350 UVT/mes para cuentas de ahorro de personas naturales), (ii) Nequi o Daviplata (cuentas exentas por diseño), o (iii) transferencia entre cuentas del mismo titular. Recomendación: usa Nequi, Daviplata o marca tu cuenta como exenta de GMF en el banco para evitar este costo.
Certificados de retención: la Plataforma entrega al Organizador, junto con cada Reporte de Liquidación, copia de los certificados de retención emitidos por Wompi que correspondan a la parte trasladable del Organizador, para que éste los pueda usar como soporte en su declaración tributaria ante la DIAN.
Lo que NO se le descuenta al Organizador: QuéParche NO retiene ni descuenta impuestos adicionales más allá de los trasladados por Wompi. La Plataforma transfiere al Organizador su neto después de los descuentos descritos, y cada Organizador es responsable de declarar y pagar sus propios impuestos (IVA, ICA, Renta) ante la DIAN sobre los ingresos que recibió de la Plataforma, pudiendo utilizar los certificados de retención entregados como soporte.
En resumen, lo que llega a la cuenta del Organizador es: 94% del total vendido − comisiones Wompi − retenciones trasladables − costo de payout − 4x1000 (si su cuenta no es exenta). La Plataforma no infla, no esconde ni cobra costos adicionales.
4. Reporte de Liquidación por Mandato y Ejemplo
Junto con cada transferencia al Organizador, la Plataforma entrega un Reporte de Liquidación por Mandato en formato PDF con el siguiente desglose:
| Concepto | Valor | Asunción |
|---|---|---|
| Total recaudado por ventas de tickets | $10.000.000 | Bruto que entró a Wompi |
| (−) Comisión Wompi + IVA | −$340.000 | Descuento del procesador al Organizador |
| (−) Retenciones Wompi (ReteFuente + ReteIVA + ReteICA) | −$200.000 | Trasladadas al Organizador (certificados adjuntos) |
| (−) Comisión QuéParche (6% sobre el ticket) | −$600.000 | Ingreso real de la Plataforma |
| (−) Costo de transferencia / 4x1000 | −$40.000 | Descuento del procesador al Organizador |
| (=) Saldo neto a transferir al Organizador | $8.820.000 | A la cuenta registrada |
Los valores son ilustrativos. Las alícuotas reales de ReteFuente / ReteIVA / ReteICA y las tarifas de Wompi varían según configuración tributaria, ciudad y tipo de evento.
4.1. Facturación entre las Partes
- ▸La Plataforma factura al Organizador: factura electrónica únicamente por el valor de su comisión (6% del valor de los tickets vendidos) más el IVA que grave dicha comisión. Esta es la única factura que la Plataforma emite al Organizador.
- ▸El Organizador factura a los compradores: el Organizador es el vendedor final del ticket y, si está obligado a facturar electrónicamente (resolución DIAN 042 de 2020 y normas concordantes), debe expedir factura o documento equivalente a cada comprador por el valor total del ticket. Los certificados de retención entregados por la Plataforma podrán ser utilizados por el Organizador como soporte de su declaración.
- ▸El Organizador declara sus ingresos: el Organizador declara ante la DIAN el total recaudado por sus eventos como ingreso propio (descontando los costos de la operación si aplica), paga los impuestos a su cargo (renta, IVA, ICA según su régimen), y utiliza los certificados de retención entregados para cruzar con su impuesto a pagar.
5. Responsabilidades del Organizador
- 01. Ser mayor de 18 años y tener una cuenta válida en Colombia para recibir transferencias (Nequi, Bancolombia, Daviplata, Bre-B, etc.).
- 02. Suministrar información veraz al registrar la cuenta de recepción (titular debe coincidir con el Organizador registrado).
- 03. Asumir los costos operativos del procesador de pago que se le descuentan (payout, retenciones trasladables, 4x1000 si su cuenta no es exenta).
- 04. Declarar y pagar sus propios impuestos (IVA, ICA, Renta) sobre los ingresos recibidos de la Plataforma, utilizando los certificados de retención entregados como soporte.
- 05. Expedir factura o documento equivalente a los compradores del ticket, cuando esté obligado a ello por la normatividad DIAN vigente.
- 06. Cumplir la legislación colombiana vigente en materia de eventos públicos, derechos de autor, espectáculo público y tributación.
- 07. Responder por la veracidad de la información publicada sobre el evento.
- 08. Gestionar reembolsos a compradores desde su cuenta una vez recibido el pago de la Plataforma, cuando aplique.
- 09. Asumir el 100% del riesgo de fraude, disputas y contracargos con compradores.
6. Exoneración de Riesgo (Cláusula Crítica)
El Organizador entiende y acepta que ASUME EL 100% DEL RIESGO de fraude, suplantación, contracargos y disputas con compradores. EXIME a QuéParche, a Vertrex S.C. y a sus fundadores, empleados y aliados de toda responsabilidad penal y civil relacionada con la organización, venta y ejecución de sus eventos. QuéParche es una plataforma tecnológica de intermediación que opera bajo Contrato de Mandato; no es responsable de la calidad, veracidad ni cumplimiento de los eventos publicados.
7. Propiedad Intelectual
El Organizador declara ser titular o tener licencia sobre todo el contenido que publique (logo, imágenes, descripciones, nombres de artistas). Otorga a QuéParche una licencia no exclusiva para usar el nombre del evento y el logo del Organizador en la promoción de la plataforma y en listados públicos.
8. Suspensión y Terminación
QuéParche podrá suspender o terminar la cuenta del Organizador, así como retener pagos pendientes, en caso de:
- ▸ Fraude comprobado por las autoridades o por el sistema de monitoreo de la Plataforma.
- ▸ Violación de leyes colombianas aplicables (eventos públicos, derechos de autor, lavado de activos, etc.).
- ▸ Disputas activas, contracargos no resueltos o sospecha razonable de actividad ilícita.
- ▸ Proporcionar información falsa al registrar la cuenta de recepción.
El Organizador podrá terminar este contrato con 30 días de aviso por escrito. Los pagos pendientes por ventas ya concretadas se liquidarán una vez cumplidos los períodos de retención aplicables (anti-fraude, contracargos y tributarios).
9. Aceptación
Al hacer click en “Acepto el contrato” durante el registro, el Organizador declara haber leído, entendido y aceptado todos los términos de este acuerdo. Esta aceptación constituye consentimiento expreso según la Ley 527 de 1999 sobre mensajes de datos.
10. Jurisdicción
Cualquier controversia derivada de este contrato se resolverá en los tribunales de la ciudad de Neiva, Huila, Colombia, bajo las leyes de la República de Colombia.
11. Disposición Transitoria — Fase Piloto (Persona Natural)
Durante la fase piloto / MVP del proyecto, y hasta tanto se cumpla el semáforo de migración descrito en la sección 13, la cuenta de Wompi y la cuenta bancaria de recaudo estarán a nombre de uno de los socios persona natural de Vertrex S.C. (en adelante, el “Socio Operador”), quien actúa como apoderado y representante de Vertrex S.C. para todos los efectos de este Contrato de Mandato.
El Organizador entiende, acepta y reconoce expresamente que:
- ▸La relación jurídica vinculante es entre el Organizador y Vertrex S.C. (sociedad civil operadora de QuéParche), no con el Socio Operador a título personal.
- ▸El Socio Operador actúa en nombre y por cuenta de Vertrex S.C., y los dineros recaudados son de Vertrex S.C. en su calidad de mandataria, para ser distribuidos al Organizador según las reglas de este contrato.
- ▸Una vez se cumpla el semáforo de migración (sección 13), la cuenta de Wompi será migrada a nombre de Vertrex S.C. o de la S.A.S. que la reemplace, y se le notificará al Organizador por escrito.
⚠️ Riesgo fiscal del Socio Operador: el Socio Operador, al tener la cuenta de Wompi a su nombre, queda expuesto ante la DIAN por los movimientos bancarios y las retenciones acumuladas. Para mitigar este riesgo, Vertrex S.C. se obliga a cumplir las 3 Reglas de Protección del Mandatario descritas en la sección 12. El Organizador declara entender y aceptar esta estructura transitoria como condición para usar la plataforma en fase piloto.
12. Reglas de Protección del Mandatario (3 Reglas de Oro)
Vertrex S.C., para proteger al Socio Operador y mantener la integridad del Contrato de Mandato ante la DIAN, se obliga a cumplir las siguientes 3 reglas durante toda la fase piloto:
Regla 1 — Contrato interno de cuentas en participación o mandato
Vertrex S.C. y el Socio Operador suscribirán un documento privado (y preferiblemente autenticado en notaría) en el que conste que: (a) la cuenta bancaria y la cuenta de Wompi del Socio Operador se usan exclusivamente como canal de recaudo temporal del proyecto QuéParche; (b) los ingresos reales del Socio Operador son únicamente el porcentaje acordado de las ganancias/comisiones, no el total del recaudo. Este documento, junto con la base de datos de órdenes y Reportes de Liquidación, es la prueba legal para demostrar ante la DIAN que los dineros son de terceros (pasivo) y no ingreso propio del Socio Operador.
Regla 2 — Cuenta bancaria EXCLUSIVA para la plataforma
El Socio Operador abrirá una cuenta de ahorros nueva (digital o tradicional, persona natural) que se usará única y exclusivamente para: (a) recibir los retiros de Wompi, y (b) dispersar los pagos a los Organizadores. Está prohibido mezclar esos dineros con gastos personales, arriendo, mercado o cualquier otra erogación del Socio Operador. La trazabilidad contable debe ser impecable.
Regla 3 — Aplicar la matemática del traslado desde el día uno
Desde la primera venta, Vertrex S.C. calculará y descontará de la parte del Organizador: (a) la comisión de Wompi + IVA; (b) el costo de traspaso (4x1000 GMF que el banco cobre al Socio Operador al dispersar); (c) las retenciones que Wompi haya aplicado (ReteFuente, ReteIVA si responsable, ReteICA). Vertrex S.C. y el Socio Operador NO asumirán ninguno de estos costos: todos se trasladan al Organizador, que es el titular económico de la venta. Los certificados de retención emitidos por Wompi a nombre del Socio Operador se entregarán al Organizador junto con el Reporte de Liquidación por Mandato, para que éste los use como soporte en su declaración ante la DIAN.
13. Semáforo de Migración a S.A.S.
Vertrex S.C. monitoreará el volumen de recaudo mensual y se obliga a migrar la operación a una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) con RUT, persona jurídica propia y cuenta de Wompi a nombre de la empresa, cuando se cumpla cualquiera de los siguientes umbrales:
Verde — Operar tranquilo como persona natural
Recaudo total acumulado < $20.000.000 COP desde el inicio del proyecto. El riesgo de alertas de la DIAN es bajo. Se puede continuar con la estructura de fase piloto sin sobresaltos.
Amarillo — Iniciar constitución de S.A.S.
Recaudo total acumulado entre $20.000.000 y $45.000.000 COP. El volumen está creciendo y se acerca al tope de declaración de renta de una persona natural (~$65.000.000 COP/año, aprox. 1.300 UVT vigentes). Se deben empezar a redactar los estatutos de la S.A.S. y abrir la cuenta bancaria a nombre de la futura persona jurídica.
Rojo — STOP. Constituir S.A.S. y migrar inmediatamente
Recaudo total acumulado > $50.000.000 COP o más de 5 eventos recurrentes al mes. A este nivel: (a) el riesgo para la cédula del Socio Operador es demasiado alto (DIAN puede iniciar proceso de fiscalización); (b) Wompi puede solicitar actualización de datos y RUT con responsabilidades comerciales. Vertrex S.C. se obliga a detener nuevas publicaciones de eventos hasta tanto la S.A.S. esté constituida, la cuenta de Wompi migrada a nombre de la persona jurídica, y notificado al Organizador por escrito.
El Organizador entiende y acepta que la operación bajo la estructura de la sección 11 es temporal y por fases, y que Vertrex S.C. está contractualmente obligada a migrar a S.A.S. cuando se alcance el semáforo rojo. Esta cláusula protege al Organizador de un cierre abrupto por fiscalización de la DIAN al Socio Operador.